TIE. Tarjeta de identidad de extranjero

TIE. Tarjeta de identidad de extranjero

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TIE –> Tarjeta de Identidad de Extranjero

 

En el post anterior comentábamos lo que significa el NIE Número de identidad de extranjero

Es importante no confundir ambos conceptos, por esto lee esta información relacionada al TIE.

TIPO DE AUTORIZACIÓN (TIE)

Se trata obtener la tarjeta de identidad de extranjero que es el documento destinado a acreditar la situación legal del extranjero en España.

 

 

¿Cuál es la normativa donde se encuentra establecida dicha autorización?

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 34.2).
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 210).

 

¿Cuáles son los requisitos?

  • Se podrá solicitar tarjeta de identidad de extranjeros si:
    • Se ha expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un período superior a seis meses.
    • Se ha modificado o alterado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad, o su situación laboral incluyendo la renovación de la autorización.
    • La tarjeta de identidad de la que disponían ha sido robada, extraviada, destruida o inutilizada.

 

¿Cuáles son los Documentos a incorporar?

 

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–17) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  • Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social, en su caso.
  • Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • En su caso, denuncia por extravío o robo, o presentación de la tarjeta inutilizada.

 

 

¿Cuál es el procedimiento a realizar?

  • Enlace a cita previa para la solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), si en su provincia está habilitado este servicio: https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/icpplus.
  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.
  • Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o se le autoriza a permanecer en España.
  • Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia o, en su caso, desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.
  • Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. Pueden ser:
    • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o de trabajadores
    • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la renovación o prórroga de la autorización de residencia temporal, prórroga de estancia o de trabajadores transfronterizos”.
    • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales
    • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de residencia de larga duración o residencia de larga duración-UE

 

  • La tarjeta de identidad tendrá idéntico periodo de vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.
  • Para entregar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado deberá acreditar ser el destinatario del documento y haber realizado el pago de las tasas establecidas.
  • Están exceptuados de la obligación de solicitar tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada.

Si necesitas aclarar dudas sobre extranjería e inmigración en España, no dudes en contactarnos CITA PREVIA

 

FUENTE OFICIAL

RUB DIAZ
rubdiazm@extranjeriadospuntocero.com
2 Comentarios
  • Luis Hernandez
    Posted at 11:07h, 21 marzo Responder

    Buenos días:

    Soy ciudadano venezolano y me fue otorgado recientemente un visado de residencia no lucrativa. Tengo previsto entrar a España el 31 de marzo. Logré hacer cita para empadronamiento en Madrid, donde vive mi hermana, el 2 de abril. No obstante, cuando intento hacer la cita previa para la obtención de la TIE, me proponen citas ya bie entrado el mes de mayo. ¿Es posible acudir a una localidad cercana donde no se exija cita previa, como Segovia, o solicitar la vita en lugares como Valencia o Toledo, donde ofrecen citas en fechas más cercanas? Gracias de antemano por la ayuda.

    • RUB DIAZ
      Posted at 09:18h, 01 abril Responder

      Buenas Luis.

      Las citas están bastante lejos la verdad.

      Con un poco de paciencia lo puedes adquirir.

      Saludos

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